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Periodista, graduada de la Universidad Católica. Su experiencia en comunicación se describe en casi 30 años de trabajo. Programa radial y sitio propio desde el 2002. Voceria en gestión gubernamental y de impacto en la Agenda Pública. Asesora en Reputación y Derechos Humanos. Disfruta el mediatraining y la formación de líderes. Innovó en el mercado de la Sustentabilidad Empresaria al fundar la primera Consultora que desarrolló Reportes Sociales en formato QR. Produjo y lideró variadas Campañas de bien público. Trabajó como productora general en diferentes radios y en Grupo Artear. Comunicar es mas que hablar.

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Cannabis medicinal y regulación propia

  • abril 12, 2022
  • 3 min read
Cannabis medicinal y regulación propia

Se define una regulación propia para los PRODUCTOS VEGETALES A BASE DE CANNABIS PARA USO EN MEDICINA HUMANA, diferenciándolos de las especialidades medicinales y los medicamentos herbarios. Es un paso más para facilitar el acceso seguro a la población que los necesite.

Mediante la Resolución ministerial número 781/2022 publicada hoy en el Boletín Oficial, el Ministerio de Salud de la Nación creó la categoría de “Productos vegetales a base de cannabis y sus derivados destinados al uso y aplicación en Medicina humana”. De esta manera, la cartera sanitaria define una regulación propia para este tipo de productos con fines terapéuticos, garantizando la calidad en su producción y la seguridad para las y los usuarios. Además, esta resolución promueve el desplazamiento del mercado de productos que no garantizan calidad y seguridad.

Por medio de la resolución serán incluidos en esta nueva categoría aquellos productos cuya composición esté claramente definida y comprobable con porcentajes de THC menores o iguales a 0.3%. En tanto, cuando la concentración de THC supere el 0.3% al producto se le aplicará el régimen correspondiente a las sustancias psicotrópicas.

La creación de esta categoría genera una regulación propia a los derivados del cannabis diferenciándola de las ya establecidas para las especialidades medicinales y los medicamentos herbarios. Esto permitirá no solo ampliar su uso en diferentes patologías, sino que asegurará la certificación de los procesos en cuanto a las buenas prácticas de cultivo y elaboración requeridas por las agencias regulatorias nacionales e internacionales.

Los productos deberán ser indicados por una médica o médico prescriptor, quien definirá la formulación de una concentración conocida de principios activos (cannabinoides) y hará el control correspondiente, con la seguridad de la calidad del producto indicado.

Por otro lado, la dispensa se realizará a través de farmacias bajo receta, mientras que la habilitación de los laboratorios de elaboración estará a cargo de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), que fiscalizará la producción.

La nueva resolución se enmarca en la decisión política y las acciones desarrolladas por el Ministerio de Salud de la Nación para proteger, promover y mejorar la salud de la población a partir de la regulación de este tipo de productos. Con esta nueva categoría se está dando una respuesta acorde y equilibrada que garantiza la seguridad sanitaria con concentraciones de principios activos conocidos, libres de contaminantes y con el asesoramiento médico e información sobre sus beneficios y riesgos. A su vez, también permite sacar de circulación aquellos productos sin controles de calidad.

Vale destacar también que esta categoría genera un nicho de mercado y de valor agregado a los muchos proyectos de cultivo de cannabis hoy ya aprobados por el Ministerio de Salud de la Nación, generando el desarrollo de plataformas y servicios orientados a dicha producción

Autor:

Sara Di Tomaso

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